Este lunes 20 de septiembre se llevó a cabo la audiencia preparatoria de la demanda, en la que el club viñamarino descartó tener alguna relación laboral con las exjugadoras aludiendo que el fútbol femenino es amateur y no profesional. Por su parte, las deportistas a través de su abogada, no están dispuestas a llegar a un acuerdo con el club.
A las 9 de la mañana de este lunes se llevó a cabo la audiencia preparatoria en el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, en la que fueron presentadas las pruebas que apoyan la demanda de exjugadoras contra Everton.
Iona Rothfeld, directora de la Asociación Nacional de Jugadoras de Fútbol Femenino, organización que está apoyando la demanda, indicó en esta primera audiencia que se ofrecieron los medios de prueba y que esperan que con estos “se esclarezca la real dimensión que tiene la demanda contra el club Everton y también dejar asentado que los hechos de la demanda son verídicos. Así nos acercamos un paso más a que se reconozca el vínculo laboral que existe entre las jugadoras y el club, así como también que este no reconocimiento implica una discriminación de género”.
Por su parte, Everton de Viña del Mar la semana pasada presentó su contestación a la demanda de las cuatro exjugadoras, las que exigen que el club reconozca su relación laboral y lo acusan por vulneración de derechos fundamentales, tales como igualdad y no discriminación, y libertad laboral.
La contestación de Everton
En el documento legal, el club propiedad del grupo Pachuca (México), indica que el fútbol femenino en Chile no es profesional, sino que amateur y que es esto lo que sostiene las disparidad entre el fútbol practicado por mujeres y hombres: “Las diferencias señaladas por las demandantes son efectivamente las diferencias propias de la naturaleza profesional y amateur de una y otra rama”.
La abogada de las jugadoras, Natalia Bravo, comentó la respuesta entregada por Everton y señaló que “es aberrante sostener que el fútbol femenino de primera división y organizado por la ANFP se trataría de una actividad amateur. También sostienen que esta actividad corresponde a acciones de Responsabilidad Social Empresarial. Nada de esto es real”. Mientras las jugadoras estaban activas en Everton, las reglas de la ANFP y de la Conmebol obligaban a los clubes en Chile a tener una rama de fútbol femenina para acceder a la Licencia de Clubes y participar de los campeonatos internacionales.
Al mismo tiempo, la contestación señala que el equipo femenino de Everton “en lugar de pertenecer al plantel profesional, está organizado dentro de la rama de Fútbol Joven del club (hasta 18 años), cuyo propósito es ofrecer, tanto a mujeres, jóvenes y niños la oportunidad de formarse deportivamente con profesionales de alto rendimiento”. A pesar de lo indicado por el club viñamarino, entre sus filas hay mayores de edad, incluso una jugadora de 33 años.
“Nos parece lamentable que Everton se refiera a su rama del fútbol femenino como una actividad amateur, como una labor social o algo benéfico”, indicó Nicole Mariñelarena, exjugadora del club y demandante. “Si fuese así, no pudiesen haber competido en el campeonato ANFP que es fútbol profesional”, explicó.
La respuesta de Everton también desconoce la existencia de un “pase”, es decir, el poder de un club de permitir o evitar que las jugadoras puedan cambiarse a otros equipos. Esto solo sucede si otro club, o ellas mismas, pagan por ese permiso. Según la demanda original de las jugadoras, al negar la entrega de ese pase luego de haberlas despedido, se vulnera la libertad de trabajo.
Sobre esto Diana Quezada, otra de las demandantes, indicó que “para nosotras no es de extrañar la respuesta que tuvieron respecto a la libertad de trabajo. Mencionan que jamás se nos impidió jugar por otro club, sin embargo fueron las mismas palabras de Ricardo Oliveira (director del equipo técnico de fútbol femenino de Everton) que la retención del pase era a modo de castigo por la ‘deslealtad’ que nosotras, las capitanas, tuvimos con él y con el club en ese momento cuando visibilizamos las condiciones en que nos estábamos desenvolviendo en la institución”.
Finalmente, cabe destacar que a pesar de que en el sitio web de Everton aparece Oliveira como director de la rama femenino de fútbol, la contestación del club viñamarino señala que el profesional “no era superior jerárquico de las demandantes” y que no tiene “facultades administrativas en Everton”. Sin embargo, Oliveira sí fue parte del despido de las jugadoras.
El inicio del juicio quedó fijado para el 13 de junio de 2022.
Contexto: la demanda inicial
En concreto, la demanda de las exjugadoras indica que Everton de Viña del Mar vulneró dos derechos fundamentales: el derecho a la igualdad y no discriminación; y la libertad de trabajo.
Sobre el primero, las futbolistas acusan que fueron discriminadas, en una primera instancia, por género, pues a sus pares del plantel masculino se les reconoce el vínculo laboral (contrato, sueldo, entre otros). En segundo lugar, en relación a sus pares en otros clubes, pues hay jugadoras que sí tienen contrato laboral y participan del mismo campeonato.
En relación a la libertad de trabajo, según indica la demanda, el club vulnera su libertad de trabajo pues aún mantiene el pase de las exjugadoras. “Nosotras seguimos perteneciendo al club hasta febrero de 2022 y no podemos trabajar para ningún otro club chileno en campeonatos organizados por la ANFP”, señalan las deportistas en la demanda.