PRESENTAN PROYECTO DE LEY QUE OBLIGARÍA A LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS DEPORTIVAS PROFESIONALES A CONTRATAR A SUS JUGADORAS
La iniciativa, que pasó de forma inmediata a la Comisión de Deportes y Recreación de la Cámara de Diputados, considera a las jugadoras que están inscritas en el campeonato nacional.
El pasado 13 de marzo, fue presentada en la Cámara de Diputados una moción parlamentaria que avanzaría en la profesionalización del fútbol femenino chileno. La idea matriz del proyecto (boletín 12470-29) es “establecer la obligatoriedad por parte de las Sociedades Anónimas Deportivas Profesionales de contraer un contrato de trabajo con las deportistas que conforman su plantel, con el objeto de garantizar la forma, contenido y duración del contrato de trabajo, la periodicidad en el pago de las remuneraciones, entre otras cosas que asegura y regula la ley Nº 20.178”.
El documento oficial enfatiza la urgencia de “profundizar la regularización de los vínculos entre las deportistas y los clubes donde juegan”. En ese contexto, se cita la declaración pública que publicó la ANJUFF en febrero de este año, donde se indica que como Asociación “condenamos el tipo de carencias al que exponen (los clubes) a sus jugadoras con la falta de financiamiento en la cobertura médica, debiendo cubrir de forma particular su integridad física y así poder defender a sus clubes. Ellas representan sus colores con el mismo compromiso e interés que sus pares masculinos, corriendo los mismos riesgos asociados a un deporte de contacto”.
La moción parlamentaria fue presentada por la diputada Erika Olivera (Independiente), Marisela Santibañez (Partido Progresista) Andés Celis (Renovación Nacional), Mario Desbordes (Renovación Nacional), Marcos Ilabaca (Partido Socialista), Pamela Jiles (Partido Humanista), Karin Luck (Renovación Nacional).
En concreto, el proyecto de ley es un artículo único que indica:
Las Sociedad Anónimas Deportivas Profesionales que sean parte del Campeonato Femenino Nacional de Fútbol, se encontrarán obligadas a contraer un contrato de trabajo con aquellas deportistas que sean parte de su plantel.
Así, aquel contrato se enmarcará en los términos de la ley Nº 20.178 que regula la relación laboral de los deportistas profesionales y trabajadores que desempeñan actividades conexas.
Consideraciones
El proyecto menciona como algo relevante para su presentación la serie de modificaciones que presentó en 2016 la Conmebol en su estatuto y reglamento de licencia de clubes para incentivar el desarrollo del fútbol femenino en Latinoamérica.
En esos cambios se establecieron que la sociedad anónima deportiva que quiera obtener una licencia de club, “deberá tener un primer equipo femenino o asociarse a un club que posea el mismo. Además, deberá tener por lo menos una categoría juvenil femenina o asociarse a un club que posea la misma. En ambos casos el solicitante deberá proveer de soporte técnico y todo el equipamiento e infraestructura (campo de juego para la disputa de partidos y de entrenamiento) necesarias para el desarrollo de ambos equipos en condiciones adecuadas. Finalmente, se exige que ambos equipos participen en competiciones nacionales y/o regionales autorizadas por la respectiva Asociación Miembro”.
Al mismo tiempo, para aquellos clubes que quieran participar con su rama masculina de la Copa Libertadores tendrán que, entre otras cosas, tener un entrenador para su rama femenina con licencia profesional, seguro médico para todas las jugadoras, camarines exclusivos y contar con un estadio o cancha que tenga las condiciones para desarrollar los partidos.